PLAZO HASTA MARZO PARA INFORMAR DEDUCCIONES DE GANANCIAS

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AFIP anunció hace unos días que extendió hasta marzo el plazo para que los trabajadores en relación de dependencia informen a sus empleadores las deducciones de Ganancias que les corresponden. Esto deberán hacerlo a través del sistema “Siradig” en la página de la AFIP, indicando cuáles son las deducciones a considerar para que luego el organismo lo remita electrónicamente al empleador para la liquidación.

Las deducciones que se deben informar son sobre cargas de familia (cónyuge, hijos e hijastros), personal doméstico, medicina prepaga, alquileres, créditos hipotecarios, gastos médicos, donaciones, seguros de vida, gastos de sepelio, aportes jubilatorios, y pagos a cuenta del Impuesto al Cheque.

En cada uno de estos ítems, las deducciones máximas que se pueden hacer son:

Cónyuge: $ 48.447 anuales o $ 4.037,25 mensuales, siempre que el cónyuge gane menos de $ 51.967 anuales.
Hijos o hijastros: $24.432 anuales o $ 2.036 mensuales por cada uno.
Créditos hipotecarios: $ 20.000 anuales, pero sólo pueden deducirse intereses, no capital.
Alquileres: $ 51.967 anuales. Se puede deducir hasta el 40% del monto pagado de alquiler, siempre que no se tenga otro inmueble.
Servicio doméstico: $ 51.967 anuales.
Gastos de sepelio: $ 996,23 anuales por fallecimiento de familiar directo.
Gastos y honorarios médicos: Hasta 5% de la ganancia neta del año.
Medicina prepaga: Hasta 5% de la ganancia neta del año.
Seguros de vida: $ 996,23 anuales.
Donaciones: Hasta 5% de la ganancia neta anual, pero sólo para donaciones al algún fisco (nacional, provincial o municipal) y entidades de bien público exentas.
Impuesto al Cheque: Hasta el 34% del tributo que se descontó por los depósitos bancarios en la cuenta corriente durante todo el año.

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