El Ministerio de Trabajo se sumó a la iniciativa que impulsa el Banco Central para depender cada vez menos del dinero en efectivo, y mediante la Resolución 168/2018, habilitó a los empleadores a transferir la remuneración de los trabajadores a través de un teléfono celular.
Esta opción sería válida siempre y cuando el trabajador acepte cobrar de esta manera y no le represente a este último ningún tipo de costo.
La medida apunta a aumentar la inclusión financiera en segmentos donde los pagos de salarios todavía se daban en efectivo, por fuera del sistema bancario, incluso en casos en los que el empleado es parte de la economía formal.
La disposición sostiene que estas plataformas tienen por objetivos garantizar «la igualdad en el acceso y uso de los servicios financieros; la agilidad, la seguridad y la gratuidad en los pagos y los cobros, y la disminución de la informalidad».
Asimismo, la norma establece que los dispositivos «deberán posibilitar la acreditación en una sola transferencia de la remuneración total debida al trabajador».
Y en los casos de aceptación del método de acreditación de haberes, se dispuso que la «constancia de la transferencia a través de una aplicación móvil o sitio web es prueba suficiente para considerar válida la transferencia por parte del empleador».
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