AGUINALDO Y GANANCIAS

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En la AFIP aseguran que en función de las liquidaciones de los últimos meses se verificarán los siguientes casos:

1. Si el trabajador recibió algún aumento de sueldo en el semestre, como el aguinaldo se calcula como la mitad de la mayor remuneración del período podrían tener una deducción de Ganancias superior a la proporción del 8,33% del último ingreso.

2. Por problemas de instrumentación del nuevo sistema, el agregado mensual del 8,33% del salario para determinar el saldo a retener de Ganancias que no se aplicó en los meses previos se deberá agregar en diciembre.

3 . Si un empleado agregó una ocupación principal adicional (pluriempleo) en algún momento del año, que le generó ingresos extra, también sufrirá una mayor proporción del descuento de Ganancias. Además, los técnicos de la AFIP recomiendan que cada trabajador esté al día con la carga de las deducciones permitidas del Impuesto.

Este trámite se realiza por internet a través del sistema Siradig, al que se puede acceder desde el sitio de la AFIP, con clave fiscal nivel 2.

Los trabajadores pueden deducir cargas de familia, gastos médicos, pagos de personal doméstico, cuotas de medicina prepaga, alquileres, donaciones o intereses de créditos hipotecarios, entre otros rubros. Los empleados que no tengan clave fiscal pueden validar el acceso al Siradig con la clave de homebanking.

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