El Gobierno decidió prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2020 el régimen de incentivo para las industrias que fabrican bienes de capital, a fin de mejorar la competitividad y promover la producción nacional. La decisión fue confirmada a partir de un decreto publicado en el Boletín Oficial.

Este beneficio tiene como objetivo de favorecer el crecimiento productivo de la economía. Está dirigido a los fabricantes de maquinaria general y agrícola, herramientas, equipos hospitalarios, carroceros o buses para uso urbano, entre otros, y consiste en un bono fiscal que puede ser usado para cancelar impuestos nacionales o ser transferido a terceros. La medida también alcanza a la industria naval y a proveedores destinados a la producción de hidrocarburos y energía eléctrica.

Según el texto oficial, el incentivo es retroactivo al 1 de enero último y está dirigido a los fabricantes de maquinaria general y agrícola, herramientas, equipos hospitalarios, carroceros o buses para uso urbano, la industria naval y proveedores de la producción de hidrocarburos y energía eléctrica.

Básicamente, se trata de un bono de crédito fiscal que puede ser utilizado para cancelar impuestos nacionales o ser transferido a terceros.

El régimen está vigente desde marzo de 2001 y tiene como fin “mejorar la competitividad de la industria local productora de bienes de capital, a fin de que pueda participar en condiciones equitativas en la provisión de tales bienes, promoviendo así su fabricación nacional”, resaltó el Poder Ejecutivo.

Y subrayó que la Casa Rosada “asigna a los sectores alcanzados por la presente medida, prioritaria importancia en el proceso de crecimiento productivo de la economía”.

Este régimen permite computar “hasta un equivalente al 70% del valor de las inversiones realizadas en innovación, investigación y desarrollo tecnológico, facturadas y efectuadas a partir del 1° de enero de 2019 y debidamente acreditadas”, de acuerdo con lo dispuesto.

Al mismo tiempo, el Gobierno estableció como fecha límite de solicitud del beneficio fiscal el 31 de marzo de 2021, contemplando, además, un plazo máximo de un año para la emisión de las facturas correspondientes, contado en forma retroactiva al momento de la presentación.

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